Las nuevas oposiciones

Recientemente se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Proceso Ordinario de estabilización, de las plazas de estabilización. Estas plazas son aquellas que no han sido ocupadas. 

Veamos un poco más. 

Nueva forma de acceder a las plazas de estabilización

En virtud del Real Decreto 270/2022 del 12 de abril se modifica el Reglamento de Ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a los que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, del 3 de mayo, de educación. Esta regula el régimen transitorio de ingreso al la que se refiere la disposición transitoria 17ª de esta ley, aprobado por el RD 276/2007 del 23 de febrero. 

Este Real Decreto pretende adaptar lo que queda establecido en la Ley 20/2021 del 28 de diciembre de medidas de reducción de temporalidad en el empleo público al sector educativo. De esta forma, se establecen dos procesos de estabilización, uno ordinario y otro extraordinario. 

El proceso ordinario

Esto se aplicará a los procesos selectivos que se convoquen para aquellas plazas que hayan sido temporales e ininterrumpidamente ocupadas en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020. A estas se añadirán las de los procesos de estabilización de las leyes de los Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018.

La fase de oposición 

Esta fase tendrá una prueba con dos partes, sin que esta sea eliminatoria. El Tribunal publicará la nota final y la global de la prueba, además de la conseguida en cada una de sus partes. Si son ejercicios escritos, se harán con todos los aspirantes.

Parte A: aquí será necesario demostrar los conocimientos específicos de la especialidad docente a la que opta el candidato. Para ello, deberá desarrollar un tema escrito. El tema lo elegirá el aspirante de entre varias posibilidades extraídas al azar por el tribunal. Los criterios que se seguirán serán los siguientes:

  • si las especialidades no tienen más de 25 temas, se elegirá entre tres
  • si la especialidad tiene entre 25 y 50, se elegirán 4
  • en aquellas especialidades con más de 50 temas, se elegirán 5 temas

Parte B: aquí se medirá la aptitud pedagógica y el dominio de las técnicas. Para ello, se presentará una unidad didáctica. En las especialidades con carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas, puede haber un ejercicio práctico. 

 – B1 Preparación, presentación, exposición y defensa: en este caso se hará de forma oral ante el tribunal, y estará relacionado con la especialidad a la que se pretende acceder. Será el aspirante el que escoja el contenido de la UDI. En su elaboración se concretarán los objetivos de aprendizaje, los contenidos, las actividades y los procedimientos de evaluación. Para ello:

  • Se ajustará al periodo establecido por las administraciones educativas, pudiendo usar el material que se determine
  • Para Formación Profesional, la UDI se podrá referir a unidades de trabajo, teniendo que relacionarse con los resultados de aprendizaje, y en su caso, con las capacidades terminales a las unidades de su competencia. 
  • En el caso de las especialidades de Orientación Educativa del Cuerpo de Profesores de Secundaria y Servicios a la comunidad, los aspirantes elegirán entre desarrollar un programa de intervención en centro escolar o en un equipo de orientación psicopedagógica y educativa. 

– B2 Ejercicio práctico: Si las especialidades incluyen conocimientos de carácter aplicado, habilidades instrumentales o técnicas, es posible que haya un ejercicio práctico para demostrar esos conocimientos. Para las especialidades de Enseñanzas Artísticas solo en educación superior, en este ejercicio también habrá que acreditar la formación y capacidad de tutela en las investigaciones propias. 

Calificación de la fase de oposición

Las dos pruebas se calificarán de 0 a 10, teniendo cada parte un peso de un 40% mínimo en la calificación final. Ese peso lo determinan las administraciones públicas. La nota final se expresará de 0 a 10, necesitando al menos 5 puntos para la fase de concurso. 

¿Cómo será la fase de Concurso?

Habrá tres bloques en lo referente a los baremos del concurso. Así, en el bloque de experiencia previa se podrán obtener hasta 7 puntos, en el de formación académica hasta 2 puntos y con otros méritos, hasta 1. 

Es importante saber que por méritos no se pueden conseguir más de 10 puntos. Por otro lado, para valorar la experiencia previa en la docencia se tendrá en cuenta un máximo de 10 años. En este sentido, si los aspirantes han ejercido como Técnicos de FP, ya extinguido, se valorará la experiencia en 0,700 puntos por año. 

Por cada año de experiencia en otras especialidades del cuerpo al que se aspira en centros públicos se consiguen 0,350 puntos, mientras que en el caso de que haya sido en centros privados, se consigue 0,125 puntos. 

En el caso de tener experiencia en especialidades del mismo nivel o etapa educativa que el impartido en centros distintos a los públicos, se consiguen 0,100 puntos. 

Respecto al baremo de otros méritos, se valora con 0,75 puntos el haber superado la fase de oposición en la misma especialidad del cuerpo al que optamos. Es válido para procesos selectivos en la función pública docente que se celebran desde el año 2012. La formación permanente se valora con un punto máximo para la formación permanente. 

La puntuación final

La puntuación final resultará de la ponderación de todas las puntuaciones, correspondiendo el peso del 60% para las fases oposición y concurso y un 40% para la de concurso, con una puntuación final de entre 0 y 10. Si en las CA existe una lengua cooficial, las administraciones podrán determinar cómo acreditar el conocimiento de la lengua. 

La fase de reposición y nueva creación

Será concurso oposición como las que hemos tenido estos años anteriores

Concurso oposición con fase eliminatoria

Sistema ordinario R.D. 276/2007

Será de una parte de oposición que corresponde 2/3 partes de la nota y una parte de concurso que será 1/3 de la nota final.

La fase oposición constará de dos pruebas que se divide a su vez en otras dos, 

La primera prueba 

  1. Parte práctica, resolución de un supuesto práctico de los 3 dados.
  2. Desarrollar un tema a elegir de los dos que se dan aleatoriamente.

La segunda prueba.

  1. Entrega de una programación con sus unidades didácticas.
  2. Defensa de la programación y una unidad didáctica.

Fase concurso

  1. Experiencia docente máximo 5 puntos
  2. Formación académica máximo 5 puntos
  3. Otros méritos máximo 2 puntos.

Consulta el Real Decreto entero. 

Lo que te dejamos en este post es un resumen muy escueto de lo que trae este Real Decreto. Si quieres más información, te dejamos el enlace al documento concreto, y, si tienes dudas, contacta con nosotros. 

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